Reg. Para los Dirigentes

Reg. Para los Dirigentes

De los guías de curso serán designados por los directores ejecutivos, antes de iniciar cada curso escolar y son los encargados de guiar el curso, dirigiéndolos con sus recomendaciones, consejos e inculcando actitudes positivas, inculcando siempre y en todo lugar la práctica y respeto a los valores y de las normas institucionales.

1.Orientar y guiar a los estudiantes en forma individual y ayudar al consejo del curso para que sus decisiones alcances los objetivos deseados.

2.Coordinar el trabajo indisciplinado con los profesores de curso.

3.Comunicar al rector de las resoluciones que necesitan de su conocimiento y aprobación en un plazo no mayor de 48 horas.

4.Informar al rector sobre las actividades económicas desarrolladas en el curso.

5.Velar por la buena presencia del curso, por el mantenimiento de los bienes del aula por el aseo y las buenas costumbres del estudiante.

6.No podrá delegar sus funciones a otros profesores salvo el caso de fuerza mayor y con la correspondiente autorización del rector(a)

7.La junta del curso no podrá realizarse sin su presencia

8.Los profesores guías de curso trabajaran mancomunadamente con los padres de familia para la realización de eventos sociales, culturales y deportivos.

9.Los casos tratados en Junta de Curso solo pueden ser difundidos y comentados por el profesor guía. La violación a esta disposición por cualquier profesor será sancionada de acuerdo a la ley.